Régimen económico patrimonial del matrimonio civil

Si estás próximo a contraer matrimonio seguramente te has preguntado si te conviene la opción de bienes separados, mancomunados o sociedad conyugal, en este articulo te platicamos de manera general en que consta cada uno.

Sociedad legal o mancomunada:

El fin de este tipo de sociedad es formar un patrimonio común, es decir, a partir de que se casen los bienes que tengan serán de los dos por igual.

Todos los bienes que tiene una persona hasta antes de contraer matrimonio forman su patrimonio individual, pero a partir de un matrimonio en sociedad legal todo lo que compren será de ambos cónyuges, a eso se le llama patrimonio común y son los siguientes:

Sociedad conyugal o voluntaria:

En ésta, cada matrimonio decide que bienes son comunes y cuales permanecerán en el patrimonio individual de cada uno, esto se hace mediante convenios, y estos pueden hacerse al momento de casarse o ya estando casados.

Los bienes que no estén contemplados en las capitulaciones matrimoniales (convenios) se entiende que están pactados por sociedad legal, es decir son de los dos en igual proporción

Separación de bines:

Aquí cada quien es dueño de sus cosas y responde por sus propias deudas.

 

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