Días de descanso obligatorio

Amigo empresario, para terminar la semana, te platicamos los días de descanso obligatorios de acuerdo al articulo 74 de LFT.
Dicho articulo establece los siguientes días como descanso obligatorio:

•El 1o. de enero;
•El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
•El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
•El 1o. de mayo;
•El 16 de septiembre;
•El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
•El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
•El 25 de diciembre
•El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Por ello recuerda que este lunes es día de descanso obligatorio

Si tienes alguna duda, ¡acércate a nosotros, estamos para asesorarte!

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